IEF9-016

PASES Y EQUIVALENCIAS

1-  PASES DENTRO DEL INSTITUTO:

  • Carrera Tecnicatura Superior en Preparación Física: Los Egresados del Profesorado de Educación Física ingresarán directamente a la Tecnicatura Superior en Preparación Física efectuando únicamente la matriculación pertinente.

Así mismo los estudiantes del Profesorado que solicitaran ingresar a la Tecnicatura Superior en Preparación Física, quedarán sujeta su incorporación a la existencia de cupos en dicha carrera.

  • Cambio entre sedes: se podrá solicitar únicamente por cambio de domicilio, con documentación fehaciente del mismo, quedará sujeta su incorporación a la existencia de cupos en la dicha carrera

En ambos casos se deberá presentar la siguiente documentación:

2-  PASE ENTRE INSTITUCIONES:

El estudiante podrá solicitar el pase de un instituto o universidad al Instituto “Jorge E. Coll” en cualquier Carrera acreditando ser, como mínimo, estudiante de Segundo Año en donde cursó. No se recibirán Pases al Primer o al último Año de la Carrera.

  •  Deberá presentar la siguiente documentación:
  • Solicitud de Pase dirigida al Rector (Formulario P-1  completar digitalmente)
  • Fotocopia de DNI
  • Partida de nacimiento actualizada
  • Fotocopia compulsada del Certificado Analítico de Estudios o copia del título digital secundario
  • Certificado analítico de estudios superiores o universitarios incompletos firmada y sellada por autoridades de la institución de origen
  • Cumplimentado el trámite con la disposición correspondiente, el estudiante tendrá un ciclo académico de transición para hacer la adecuación al régimen de promoción y correlatividades vigente en su carrera, ad referéndum de Consejo Académico.
  • El estudiante por pase deberá matricularse en las fechas estipuladas por la institución, para el 1° y/o 2° semestre, según corresponda.

TRAMITACIÓN DEL PEDIDO DE EQUIVALENCIAS:

Los estudiantes de las diferentes Carreras o que hayan solicitado un “Pase de otra Institución” realizarán el trámite de Pedido de Equivalencia en Sección Estudiantil, para Profesorado de Educación Física de 8:30 a 12:30 horas, y para Tecnicaturas de 17:30 a 21:30 hora.

Presentar la siguiente documentación: (solo se aceptará documentación completa):

Con estudios Superior o Universitarios completos:

  • Certificado Analítico de Estudios o copia del título digital del Terciario o Universidad de origen
  • Programas de las unidades curriculares por los que solicita equivalencia, debidamente

Con estudios Superior o Universitarios incompletos:

  • Certificado analítico de estudios incompletos firmada y sellada por autoridades de la institución de origen
  • Plan de Estudios (carga horaria) firmado y sellado por autoridades de la institución de origen
  • Programas de las unidades curriculares aprobadas por los que solicita equivalencia, debidamente autenticados.

Estudiantes con estudios en el extranjero: deberá presentar Certificado de Estudios cursados legalizados por el Ministerio de Educación del país de origen, la Embajada, Consulado, Agregaduría o Cancillería Argentina en el país de origen, y en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina. Quedan exceptuadas las certificaciones que lleven el sello “Apostilla de La Haya”. Si la documentación no estuviere en castellano, deberán estar traducidas por Traductor Publico Matriculado.

Cursado mientras se tramita la Equivalencia: El estudiante deberá cursar el espacio curricular por el cual efectuó el pedido, hasta tanto se otorgue o no la equivalencia y sea notificado del resultado por secretaria, previa matriculación en tiempo y forma, como estudiante Regular de la Carrera en la que solicita la equivalencia.

 

PUNTOS A TENER EN CUENTA RESPECTO A LAS EQUIVALENCIAS:

 Conforme a lo que indica en la Res. 1286-DGE-2024, se evaluará la correspondencia entre los estudios realizados por el estudiante y las unidades curriculares por las que se solicita reconocimiento de equivalencia. Para ello, se tendrá en cuenta:

  • Cuando los objetivos y contenidos ponderados se correspondan con los estudios realizados en un 70% o más, se otorgará la equivalencia total.
  • Se podrán otorgar equivalencias parciales y luego evaluar los contenidos faltantes en un coloquio, con el docente a cargo de la unidad curricular y dos docentes vocales, para acreditar el espacio curricular en su totalidad, según programa en vigencia.
  • En el caso de equivalencias de formaciones con trayectorias incompletas, se podrán ponderar todos los años cursados, cuando la acreditación del último espacio curricular no supere los 5 (cinco) años respecto de la fecha en que se solicita la equivalencia.
  • En el caso de equivalencias de formaciones con trayectoria completa, no se tendrá en cuenta la fecha de acreditación, siempre y cuando los saberes estén actualizados y correspondan en un 70% o más.

No podrán otorgarse equivalencias por las Prácticas Profesionalizantes ni por unidades curriculares equivalentes. Tampoco para el último año de formación, en el caso de las carreras técnicas, ni el espacio de Práctica Profesional y Residencia Docente IV, en el caso de las carreras de profesorado

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